Los trabajadores que trabajan por cuenta ajena y simultáneamente desarrollan actividades como autónomos se encuentran en situación de PLURIACTIVIDAD y cotizan en cada uno de los regímenes (RGSS y RETA). Si la suma total de las cotizaciones de ambos regímenes supera el tope máximo anual fijado por la ley, 12.245,98 euros para 2015, el trabajador tiene derecho a solicitar la devolución de cuotas a la Administración, el importe máximo que la TGSS puede devolver al trabajador es la mitad del exceso de cotización, hasta el tope del 50% de las cuotas ingresadas como autónomo. Para ello, debe presentar la solicitud TC 13/1 de Devolución de Ingresos Indebidos ante la Tesorería General de la Seguridad Social y antes del próximo el 30 de abril de 2016]]>