El Consejo de Ministros aprobará hoy un aumento del tipo mínimo del Impuesto de Sociedades del 12% actual al 23% con el objetivo de recaudar 8.000 millones de euros más.El Consejo de Ministros aprobará hoy un aumento del tipo mínimo del Impuesto de Sociedades del 12% actual al 23% con el objetivo de recaudar 8.000 millones de euros más.Consejo de Ministros aprobó el 30 de septiembre un aumento del tipo mínimo del Impuesto de Sociedades del 12% actual al 23% o incluso en algunos casos al 24%, con el objetivo de recaudar 8.000 millones de euros más. Es decir, para el próximo pago a cuenta a realizar el 20 de octubre del 2.016 ya será de aplicación la nueva normativa para aquellas empresas que facturen más de 10.000.000 €. La intención es que la reforma ya esté en vigor en los pagos fraccionados del mes de octubre y diciembre. Los pagos fraccionados a cuenta de Sociedades se abonan en los veinte primeros días naturales de abril, octubre y diciembre del periodo impositivo en curso, y en julio del año siguiente se liquidan las diferencias con la presentación de la declaración del impuesto. El fin de la reforma, según el Gobierno, es aumentar la recaudación con el fin de cumplir el objetivo de déficit público comprometido con Bruselas para 2016 y fijado en el 4,6% del PIB. En concreto, el decreto-ley, que el Ejecutivo tiene que enviar a Bruselas antes del próximo 15 de octubre, establece un tipo mínimo que será del 23% frente al 12% actual para aquellas empresas que facturen más de 10 millones de euros anuales (unas 9.000) y que estará en vigor, como mínimo, este año y el que viene, aunque no se descarta que también se aplique en 2018 en función de la evolución del déficit. Con esta medida, el Ejecutivo prevé ingresar 8.000 millones de euros adicionales al año para poder cumplir con el déficit, en un momento en el que los ingresos por pago fraccionado de las empresas está cayendo más del 50% como consecuencia, por un lado, de la rebaja del impuesto, que entró en vigor de forma escalonada en 2015 y 2016, y por otro lado, por la desaparición este año del tipo mínimo del 12% de los pagos fraccionados. Esta medida supone aumentar la fiscalidad de las grandes empresas y la correspondiente reducción de la liquidez. La CEOE y Cepyme han criticado la reforma por considerar que se acomete con «nocturnidad y alevosía» y porque puede afectar al empleo y la inversión», ya que «en el momento en el que no hay liquidez, cae el empleo» y la tildan de «política fiscal errónea». En definitiva, el Gobierno en funciones tiene un problema de déficit que Bruselas obliga a solucionar lo antes posible y de nuevo acuden al empresario para que con su trabajo y esfuerzo libere tensiones económicas. Es la fórmula fácil y rápida: Como no hay dinero en las arcas del Estado que paguen más los empresarios. Es decir, para el próximo pago a cuenta a realizar el 20 de octubre del 2.016 ya será de aplicación la nueva normativa para aquellas empresas que facturen más de 10.000.000 €. La intención es que la reforma ya esté en vigor en los pagos fraccionados del mes de octubre y diciembre. Los pagos fraccionados a cuenta de Sociedades se abonan en los veinte primeros días naturales de abril, octubre y diciembre del periodo impositivo en curso, y en julio del año siguiente se liquidan las diferencias con la presentación de la declaración del impuesto. El fin de la reforma, según el Gobierno, es aumentar la recaudación con el fin de cumplir el objetivo de déficit público comprometido con Bruselas para 2016 y fijado en el 4,6% del PIB. En concreto, el decreto-ley, que el Ejecutivo tiene que enviar a Bruselas antes del próximo 15 de octubre, establece un tipo mínimo que será del 23% frente al 12% actual para aquellas empresas que facturen más de 10 millones de euros anuales (unas 9.000) y que estará en vigor, como mínimo, este año y el que viene, aunque no se descarta que también se aplique en 2018 en función de la evolución del déficit. Con esta medida, el Ejecutivo prevé ingresar 8.000 millones de euros adicionales al año para poder cumplir con el déficit, en un momento en el que los ingresos por pago fraccionado de las empresas está cayendo más del 50% como consecuencia, por un lado, de la rebaja del impuesto, que entró en vigor de forma escalonada en 2015 y 2016, y por otro lado, por la desaparición este año del tipo mínimo del 12% de los pagos fraccionados. Esta medida supone aumentar la fiscalidad de las grandes empresas y la correspondiente reducción de la liquidez. La CEOE y Cepyme han criticado la reforma por considerar que se acomete con «nocturnidad y alevosía» y porque puede afectar al empleo y la inversión», ya que «en el momento en el que no hay liquidez, cae el empleo» y la tildan de «política fiscal errónea». En definitiva, el Gobierno en funciones tiene un problema de déficit que Bruselas obliga a solucionar lo antes posible y de nuevo acuden al empresario para que con su trabajo y esfuerzo libere tensiones económicas. Es la fórmula fácil y rápida: Como no hay dinero en las arcas del Estado que paguen más los empresarios. Es decir, para el próximo pago a cuenta a realizar el 20 de octubre del 2016 ya será de aplicación la nueva normativa para aquellas empresas que facturen más de 10.000.000 €. La intención es que la reforma ya esté en vigor en los pagos fraccionados del mes de octubre y diciembre. Los pagos fraccionados a cuenta de Sociedades se abonan en los veinte primeros días naturales de abril, octubre y diciembre del periodo impositivo en curso, y en julio del año siguiente se liquidan las diferencias con la presentación de la declaración del impuesto. El fin de la reforma, según el Gobierno, es aumentar la recaudación con el fin de cumplir el objetivo de déficit público comprometido con Bruselas para 2016 y fijado en el 4,6% del PIB. En concreto, el decreto-ley, que el Ejecutivo tiene que enviar a Bruselas antes del próximo 15 de octubre, establece un tipo mínimo que será del 23% frente al 12% actual para aquellas empresas que facturen más de 10 millones de euros anuales (unas 9.000) y que estará en vigor, como mínimo, este año y el que viene, aunque no se descarta que también se aplique en 2018 en función de la evolución del déficit. Con esta medida, el Ejecutivo prevé ingresar 8.000 millones de euros adicionales al año para poder cumplir con el déficit, en un momento en el que los ingresos por pago fraccionado de las empresas está cayendo más del 50% como consecuencia, por un lado, de la rebaja del impuesto, que entró en vigor de forma escalonada en 2015 y 2016, y por otro lado, por la desaparición este año del tipo mínimo del 12% de los pagos fraccionados. Esta medida supone aumentar la fiscalidad de las grandes empresas y la correspondiente reducción de la liquidez. La CEOE y Cepyme han criticado la reforma por considerar que se acomete con «nocturnidad y alevosía» y porque puede afectar al empleo y la inversión», ya que «en el momento en el que no hay liquidez, cae el empleo» y la tildan de «política fiscal errónea». En definitiva, el Gobierno en funciones tiene un problema de déficit que Bruselas obliga a solucionar lo antes posible y de nuevo acuden al empresario para que con su trabajo y esfuerzo libere tensiones económicas. Es la fórmula fácil y rápida: Como no hay dinero en las arcas del Estado que paguen más los empresarios.]]>
Reforma del impuesto de sociedades para cumplir con el déficit
por Ivo Florenza Ferrer | Oct 17, 2016 | Fiscal, Novedades legislativas | 0 Comentarios