El 18 de noviembre de 2015 se ha publicado en el BOE la Orden HAP/2430/2015, de 12 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del impuesto sobre el Valor Añadido (Módulos) Las novedades más relevantes a tener en cuenta son: 1) Nuevas magnitudes que excluyen de la estimación objetiva de carácter general:
- Volumen de ingresos, si en el año inmediato anterior (2015) ha superado los 250.000 € para el conjunto de sus actividades, y en el caso de que estuviera obligado a emitir facturas el importe no podría superar los 125.000 €.
- Volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior (2015) sin tener en cuenta las facturas recibidas de inmovilizado, superior a 250.000€.
- Para las actividades de transporte por carretera (epígrafe 722) o de servicios de mudanzas (757), disminuye el número de vehículos, que pasa de 5 a 4, cualquier día del año.
- Las actividades que se desarrollan con los epígrafes de los grupos por 3, 4 y 5, sujetos a retención del 1% en el año 2015, quedarán excluidas para el año 2016.
- A modo de ejemplo quedaran excluidas las siguientes actividades:
Epígrafe |
Descripción |
314-315 |
Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas. |
316 |
Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre. |
453 |
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos… |
463 |
Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué… |
468 |
Industria del mueble de madera. |
474.1 |
Impresión de textos o imágenes. |
501.3 |
Albañilería y pequeños trabajos. |
504.1 |
Instalaciones y montajes (exc. fontanería frio, calor…) |
504.2/3 |
Instalación de fontanería, frío, calor y acondicionamiento … |
504.4-5-6-7-8 |
Instalación de pararrayos y similares. Montajes e instalaciones de cocinas, elevadores de cualquier tipo, instalaciones telefónicas, etc… |
505.1-2-3-4 |
Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos. |
505.5 |
Carpintería y cerrajería. |
505.6 |
Pintura de cualquier tipo y clase, revestimiento con papel, tejidos o plásticos… |
505.7 |
Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales. |
Instrucción de la AEAT sobre aplazamientos o fraccionamientos de pago exentos de garantía
Según la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre (BOE de 20 de octubre), se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de 18.000 a 30.000€ a partir del 21 de octubre de 2015. Este cambio implica también la modificación de los plazos a conceder según el importe solicitado. La resolución se realiza de forma automatizada en atención a la cuantía de la deuda y en función de los siguientes plazos de concesión:- Deudas de importe igual o inferior a 1.000€: 3 plazos mensuales.
- Deudas entre 1.000€ y 5.000€: 9 plazos mensuales.
- Deudas entre 5.000€ y 10.000€: 12 plazos mensuales.
- Deudas entre 10.000€ y 20.000€: 18 plazos mensuales.
- Deudas entre 20.000€ y 30.000€: 24 plazos mensuales.