Con la aprobación de la Ley 34/2015 de reforma de la Ley General Tributaria, el Ministerio de Hacienda publicará la primera lista de deudores que no hayan abonado sus deudas tributarias transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, si superan un millón de euros. Aparecerán nombre y apellidos o razón social, el NIF/CIF y el importe adeudado por el conjunto de las deudas pendientes relativas a tributos de titularidad estatal, que no se encuentren aplazadas o suspendidas. La propuesta de inclusión en el listado será comunicada al moroso, -para lo que le basta con acreditar que lo ha intentado una vez- y éste podrá formular alegaciones para evitar inclusión de personas por error y también como oportunidad de regularizar su situación y saldar sus deudas. Para la publicación, que será accesible durante tres meses, la Agencia Tributaria debe adoptar medidas que impidan la indexación de su contenido a través de motores de búsqueda de internet.]]>